Introduction

En Gaceta Oficial N 43.449 de fecha 01/09/2026, fue publicado el Acuerdo Binacional Energético entre la República Bolivariana de Venezuela y el Gobierno de los Estados Unidos de América.

Primero. Respaldar el Acuerdo Binacional Energético entre la República Bolivariana de Venezuela y el Gobierno de los Estados Unidos de América como un instrumento estratégico de alto impacto para continuar la recuperación económica, la atracción de inversiones de capital y el desarrollo tecnológico-productivo de la Nación en el mediano y largo plazo.

Segundo. Ratificar la plena soberanía y la inalienable propiedad del Estado venezolano sobre sus recursos, procurando que las condiciones fiscales y operativas garanticen una justa distribución del ingreso, que contribuya al fortalecimiento de la salud, la educación, los servicios públicos y la industria nacional.

Tercero. Reconocer el esfuerzo diplomático y la voluntad política demostrada por los equipos de gobierno de ambas naciones que hicieron posible transformar las diferencias en cooperación energética, respetuosa de la soberanía y orientada a resultados concretos para nuestros pueblos.

Cuarto. Invitar a los órganos y entes competentes del Estado venezolano a mantener mecanismos de información sobre los avances del Convenio Energético Binacional, de conformidad con la Constitución y la ley.

Quinto. Publicar el presente Acuerdo en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela y dar máxima difusión del mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 136 del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional.

Impacto e influencia en el sector privado

Este convenio binacional genera condiciones operativas y jurídicas de alto impacto para la empresa privada nacional e internacional:

  1. Reactivación de la cadena de valor y contratistas locales: La expansión de la producción petrolera y gasífera exige la contratación masiva de bienes, mantenimiento, logística, ingeniería y servicios técnicos suministrados por pequeñas, medianas y grandes empresas del sector privado venezolano.
  2. Atracción de inversión privada e internacional: Establece garantías de estabilidad jurídica y reglas claras para la participación de empresas privadas petroleras e inversionistas en esquemas operativos mixtos o contratos de servicios conjuntos.
  3. Optimización fiscal y soberanía tributaria: El marco fija un esquema de regalías con piso mínimo del 16%, lo que aporta previsibilidad fiscal para las empresas operadoras al momento de estructurar sus modelos financieros de inversión a largo plazo.
  4. Facilitación del comercio bilateral y logística: Habilita canales comerciales directos y fluidos hacia el mercado energético norteamericano, dinamizando al sector marítimo, aduanal, de inspección de carga y transporte especializado.

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