Introduction

El Servicio Nacional de Contrataciones (SNC), adscrito a la Comisión Central de Planificación, dictó la Providencia Administrativa N.º DG/2026/0013 de fecha 31 de agosto de 2026, mediante la cual se regulan los procedimientos de gestión, asignación, custodia, suspensión y revocación de las cuentas de usuario y claves de acceso al Sistema Integrado SNC.

Aspectos clave de la normativa:

  • Carácter personalísimo e intransferible: Las credenciales generadas son de uso estrictamente individual. Cada funcionario o servidor público postulado asumirá la responsabilidad directa (administrativa, civil y penal) por todas las operaciones, modificaciones o consultas realizadas bajo su usuario. Queda expresamente prohibido ceder, prestar o divulgar las contraseñas.
  • Procedimiento de solicitud: La asignación de usuarios deberá tramitarse a través del portal institucional (www.snc.gob.ve). Se generará una planilla en formato PDF que deberá firmarse por la máxima autoridad del organismo y enviarse al correo [email protected] junto al documento de nombramiento correspondiente.
  • Notificación obligatoria de cambios: Las instituciones deben reportar al SNC cualquier desvinculación, traslado o cambio de funciones del titular en un lapso no mayor a dos (2) días hábiles para la inhabilitación inmediata del usuario.
  • Medidas de seguridad y suspensión: El Registro Nacional de Contrataciones del Estado (RNCE) podrá aplicar suspensiones preventivas ante inactividad superior a 30 días continuos, uso indebido o detección de patrones atípicos de navegación. Asimismo, la alteración o manipulación no autorizada de datos dará lugar a la revocación definitiva de las credenciales.
  • Lapso de actualización: Los órganos y entes públicos con cuentas activas que presenten inconsistencias disponen de un lapso de 30 días continuos para actualizar sus expedientes de usuarios.

Ver Providencia Aquí.