Exoneran del pago del IVA a las operaciones de ventas nacionales de los bienes muebles corporales, efectuadas dentro del Plan de Dotación Escolar y Distribución de Kits y Morrales Escolares 2023-2024

Exoneran del pago del IVA a las operaciones de ventas nacionales de los bienes muebles corporales, efectuadas dentro del Plan de Dotación Escolar y Distribución de Kits y Morrales Escolares 2023-2024

En Gaceta Oficial Nº 42.716 de fecha 18/09/2023, fue publicado el Decreto Presidencial N° 4.864 de fecha 18/09/2023, mediante el cual se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a las operaciones de ventas nacionales de los bienes muebles corporales, efectuadas dentro del “Plan de Dotación Escolar y Distribución de Kits y Morrales Escolares 2023-2024”, que se señala a continuación: chemises, franelas, pantalones, calzado, morrales, etc.

A los fines del disfrute de la exoneración prevista en el artículo 1 de este Decreto, se deberán convenir las operaciones de adquisición del bien con proveedores que hayan cumplido con sus obligaciones tributarias nacionales, cuya administración sea de la competencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (artículo 3).
 
El artículo 6 señala que se exoneran del pago del Impuesto sobre la Renta, a los enriquecimientos de fuente territorial obtenidos por las personas jurídicas domiciliadas en el país, provenientes de las actividades de comercialización de los bienes indicados en el artículo 1° de este Decreto, ejecutadas dentro del “Plan de Dotación Escolar y Distribución de Kits y Morrales Escolares 2023-2024”.
 
Según el artículo 12, el plazo máximo de duración del beneficio de exoneración establecido en este Decreto, será de un (1) año, contado a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Ver Gaceta Oficial Aquí.