Ley Orgánica de Reforma Parcial de la Ley Orgánica contra la Discriminación Racial

Ley Orgánica de Reforma Parcial de la Ley Orgánica contra la Discriminación Racial

En Gaceta Oficial 6.657 Extraordinario de fecha 28/10/2021, fue publicada la Ley Orgánica de Reforma Parcial de la Ley Orgánica contra la Discriminación Racial en la cual destacan los siguientes artículos:

Artículo 22: Las propietarias, propietarios, administradoras, administradores, empleadoras, empleadores o responsables, y en general toda persona natural o jurídica, prestadores de bienes o servicios, en coordinación con el Instituto Nacional Contra la Discriminación Racial, deben disponer de los mecanismos necesarios para la formación, concienciación y sensibilización de las trabajadoras y trabajadores a su cargo en materia de prevención y erradicación de la discriminación racial, así como de establecer condiciones equitativas que fomenten las relaciones de igualdad entre éstas y éstos.

Artículo 23: En los locales comerciales o de recreación, salas de espectáculos, bares, restaurantes y, en general, en todo establecimiento de carácter público o privado de acceso público, debe exhibirse de manera visible un cartel contentivo con el texto del artículo 8 de esta Ley.

Artículo 24: El incumplimiento de las obligaciones previstas en los artículos 18, 19 y 20, será sancionado con multa de setecientas cincuenta veces (750) el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, publicado por el Banco Central de Venezuela. En caso de reincidencia, el ente competente ordenará el cierre temporal del establecimiento comercial por un período de hasta veinticuatro horas laborables continuas y la multa será desde mil doscientas veces (1.200) hasta mil quinientas veces (1.500) el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, publicado por el Banco Central de Venezuela.

(Ver Gaceta Oficial Aquí).