Precio de bienes y servicios y demás importes monetarios deberán expresarse únicamente en la escala monetaria vigente desde el 01/10/2021

Precio de bienes y servicios y demás importes monetarios deberán expresarse únicamente en la escala monetaria vigente desde el 01/10/2021

En Gaceta Oficial N° 42.364 de fecha 27/04/2022, fue publicada la Resolución N° 22-04-01 emitida por el Banco Central de Venezuela, la cual señala que a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución, y en atención a lo previsto en la Disposición Transitoria Segunda del Decreto N° 4.553 en el que se establece la Nueva Expresión Monetaria, y el artículo 8 de la Resolución N° 21-01-08 de fecha 06/08/2021, contentiva de las “Normas que Rigen la Nueva Expresión Monetaria”, cesará en los instrumentos por los cuales se ofertan los precios de bienes y servicios, así como en aquellos que reflejen importes monetarios, la mención tanto en bolívares expresados en la escala monetaria vigente hasta el 30/09/2021 como en bolívares de la escala vigente a partir del 01/10/2021 (artículo 1).
 
En consecuencia, a partir de la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución, el precio de los bienes y servicios y demás importes monetarios deberán expresarse únicamente en la escala monetaria vigente desde el 01/10/2021.

(Ver Gaceta Oficial Aquí).