Exoneran el pago del ISLR a los enriquecimientos provenientes de la liquidación de capital e intereses o rendimientos de las inversiones emitidos y avalados por el BCV

Exoneran el pago del ISLR a los enriquecimientos provenientes de la liquidación de capital e intereses o rendimientos de las inversiones emitidos y avalados por el BCV

En Gaceta Oficial Nº 42.371 de fecha 06/05/2022, fue publicado el Decreto Presidencial Nº 4.685 de fecha 06/05/2022 mediante el cual se exonera del pago del Impuesto sobre la Renta, en los términos y condiciones previstos en este Decreto, a los enriquecimientos obtenidos por los tenedores, personas naturales y jurídicas residenciadas o domiciliadas en la República Bolivariana de Venezuela, provenientes de la liquidación de capital y los intereses o rendimientos de las inversiones que realicen en títulos valores u otros instrumentos de similar naturaleza emitidos y avalados por el Banco Central de Venezuela (artículo 1).
 
Según el artículo 2, a los fines de la determinación de los enriquecimientos exonerados a los que hace referencia el artículo anterior, se aplicarán las normas establecidas en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Impuesto sobre la Renta, según el caso, en lo relativo a los ingresos, costos y deducciones de los enriquecimientos gravables. Los costos y deducciones comunes aplicables a los ingresos cuyas rentas resulten gravables o exoneradas, territoriales o extraterritoriales, se distribuirán en forma proporcional.
 
El plazo de duración del beneficio de exoneración establecido en este Decreto, será de un (01) año, contado a partir de la fecha de su entrada en vigencia. La exoneración aquí prevista se aplicará al ejercicio fiscal que se encuentre en curso, a partir de la entrada en vigencia de este Decreto (artículo 6).
 
(Ver Gaceta Oficial Aquí).