En Gaceta Oficial Nº 42.826 de fecha 26/02/2024, fue publicada la Providencia Administrativa SNAT/2024/000018 emitida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria de fecha 26/02/2024, mediante la cual se prorroga hasta el 15 de mayo de 2024 el plazo de las
personas naturales y jurídicas no calificadas como sujetos pasivos especiales, para realizar la declaración definitiva y pago del Impuesto Sobre la Renta, cuyo ejercicio fiscal este comprendido desde el 01/01/2023 hasta el 31/12/2023 (
artículo 1).
Según el
artículo 2, para las personas naturales que opten en pagar el Impuesto sobre la renta en porciones; la fecha de pago de la primera porción se corresponderá con la prevista en el artículo anterior de esta Providencia Administrativa. La segunda y tercera porción se pagarán de conformidad con lo establecido en el articulo 1 de la Providencia Administrativa Nº SNAT72003/1697, publicada en la Gaceta Oficial Nº 37.660 de fecha 28/03/2003.
Las personas naturales que a la fecha hayan realizado su declaración y optado en pagar en porciones el Impuesto Sobre la Renta, se regirán de conformidad con lo dispuesto en el articulo 2 de esta Providencia (
artículo 3).
Esta Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.
(Ver Gaceta Oficial
aquí).