Normas relativas a la oferta pública de valores de emprendedores

Normas relativas a la oferta pública de valores de emprendedores

En Gaceta Oficial Nº 42.331 de fecha 07/03/2022 fue publicada la Providencia Administrativa Nº 005 de fecha 04/02/2022, la cual tiene por objeto establecer los lineamientos de la oferta pública de valores de emprendedores, denominados Valorem, a los fines de garantizar las condiciones adecuadas de transparencia y seguridad en los procesos de inversión, destinados a sus proyectos en el mercado de valores.
 
La Superintendencia Nacional de Valores, ejercerá el control, vigilancia, supervisión, fiscalización, inspección, sanción y verificación de las operaciones de inversión, que se desarrollen mediante las emisiones de Valorem, con el fin de garantizar el cumplimiento del marco legal aplicable.
 
Las condiciones más relevantes que aplican para la emisión del Valorem según el artículo 6 son:

a. Puede ser emitidos por personas naturales o jurídicas que califiquen dentro de la categoría de emprendedores diversos, microempresas y pequeñas empresas.
 
b. El monto máximo autorizado para su emisión es el equivalente en bolívares a diez mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, indexado a la tasa de cambio promedio de las mesas cambiarias de los bancos, publicada por el Banco central de Venezuela (BCV), para la fecha de su emisión. La Superintendencia Nacional de Valores, dependiendo de las condiciones del mercado, podrá modificar este monto. 

g. Los emprendedores, microempresas y pequeñas empresas que pretendan hacer oferta pública de los Valorem, deben contratar los servicios de una sociedad de corretaje de valores o casa de bolsa que se encargue de la elaboración, preparación y estructuración financiera de la emisión de este instrumento así como de la consignación ante la Superintendencia Nacional de Valores de la documentación requerida para la autorización de la oferta pública de los mismos.

(Ver Gaceta Oficial Aquí).