El BCV informa las tasas de descuento a negocios por procesamiento de pagos realizados con tarjetas o vías electrónicas

En Gaceta Oficial Nº 41.824 de fecha 18/02/2020, fue publicado el Aviso Oficial de fecha 18/02/2020 emitido por el Banco Central de Venezuela, mediante el cual informa al público en general que el Emisor y/o el Banco Adquirente podrán cobrar al Negocio Afiliado con ocasión de la prestación del servicio de autorización y/o procesamiento de pagos realizados con tarjetas de crédito, débito, prepagadas  y demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico, a través de los terminales de punto de venta, una Tasa de Descuento o Comisión del Comercio, hasta los límites máximos que señalamos a continuacion:
 
Tasa de descuento o comisión del comercio
(porcentaje máximo)
Alimentación 2,50 0,75
Servicios públicos básicos 2,50 1,00
Salud 2,50 0,75
Educación 2,50 1,00
Vestido y calzado 4,00 1,50
Equipamiento del hogar 4,00 1,50
Entrenamiento 5,00 2,00
Bienes y servicios financieros y no financieros 5,50 2,00
Bienes y servicios suntuarios 10,00 2,50
 
El presente Aviso Oficial sustituye al dictado en esta materia por el Directorio del Banco Central de Venezuela en fecha 04/12/2008, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.073 de la misma fecha.
 
(Ver Gaceta Oficial Aquí)