Exoneran del ISLR los enriquecimientos netos gravables de fuente territorial obtenidos por las Asociaciones Cooperativas

Exoneran del ISLR los enriquecimientos netos gravables de fuente territorial obtenidos por las Asociaciones Cooperativas

En Gaceta Oficial Nº 42.399 de fecha 15/06/2022, fue publicado el Decreto Presidencial N° 4.695 de fecha 15/06/2022, mediante el cual se exoneran del pago del Impuesto Sobre la Renta los enriquecimientos netos gravables de fuente territorial, obtenidos por las Asociaciones Cooperativas, constituidas conforme a las disposiciones establecidas en el Decreto con Fuerza de Ley Especial de Asociaciones Cooperativas (artículo 1).
 
Según el artículo 2, a los fines del disfrute del beneficio establecido en este Decreto, las Asociaciones Cooperativas deberán realizar la actualización del Registro Único de Información Fiscal, para la cual deben presentar el Certificados del Cumplimiento vigente, emitido por la Superintendencia Nacional de Cooperativas.
 
Los beneficiarios de la exoneración establecida en el artículo 1° de este Decreto, deben presentar la declaración anual de los enriquecimientos netos globales gravados y exonerados, según corresponda, en los términos y condiciones que establece el Reglamento de la Ley de Impuesto Sobre la Renta (artículo 5).
 
Este Decreto tendrá una vigencia de un (01) año, contado a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, lapso que podrá ser prorrogable por un periodo igual al antes mencionado.
 
La exoneración aquí prevista se aplicará a los ejercicios fiscales que se encuentren en curso al entrar en vigencia este Decreto.
 
Este Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

(Ver Gaceta Oficial Aquí).