Registro Nacional de Contratistas (RNC)

Registro Nacional de Contratistas (RNC)

Criterios para la carga de los Estados Financieros como requisito para la Inscripción y Habilitación en el Registro Nacional de Contratistas

En Gaceta Oficial Nº 42.134 de fecha 25/05/2021, fue publicada la Providencia N° DG-2021-004 de fecha 01/01/2021 emitida por el Servicio Nacional de Contrataciones, mediante la cual cumpliendo con las disposiciones legales que rigen la materia y en concordancia con los principios de igualdad, eficiencia y simplificación de trámites, la carga de la información financiera para el registro y habilitación en el registro nacional de contratistas, correspondiente al ejercicio fiscal 2020, seguirá realizándose a valores históricos, esto incluye a las personas jurídicas cuyos cierres de ejercicio fiscal, sea distintos al 31 de diciembre (artículo 1).

Según el artículo 2, los procesos de registro y habilitación de las personas naturales o jurídicas y las organizaciones socio productivas, correspondiente al año 2021, los estados financieros de cierre o corte deben estar expresados a valores históricos, conforme a las normas y principios de contabilidad generalmente aceptados.

(Ver Gaceta Oficial Aquí).
 

Incentivo a la inscripción ante el Registro Nacional de Contratistas (RNC), a los nuevos pequeños y medianos actores económicos, a los nuevos emprendimientos, u otras organizaciones socio productivas

En Gaceta Oficial Nº 42.134 de fecha 25/05/2021, fue publicada la Providencia N° DG-2021-006 de fecha 07/04/2021 emitida por el Servicio Nacional de Contrataciones, mediante la cual cumpliendo con las disposiciones legales que rigen la materia y en concordancia con los principios de igualdad. Eficiencia y Simplificación de Trámites, todos los pequeños y medianos actores económicos, los nuevos emprendimientos, u otras organizaciones socio productivas, que se hayan constituidos legalmente desde el 01/01/2021, y que manifiesten la voluntad de Contratar con el Estado, deberán estar inscritos y habilitados en el Registro Nacional de Contratistas (RNC) (artículo 1).

Según el artículo 2, los pequeños y medianos actores económicos, los nuevos emprendimientos, u otras organizaciones socio productivas, siguiendo la política de incentivo del Ejecutivo Nacional, se les exonerará el pago para la inscripción ante el Registro Nacional de Contratistas (RNC).

(Ver Gaceta Oficial Aquí).