Parámetros para el registro contable de operaciones y hechos económicos expresados con criptoactivos

En la Gaceta Oficial N° 41.787 del 23 de diciembre de 2019, fue publicada la PROVIDENCIA QUE REGULA EL REGISTRO CONTABLE DE OPERACIONES Y HECHOS ECONÓMICOS EXPRESADOS CON CRIPTOACTIVOS, emitida por la Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas (SUNACRIP)
 
Esta providencia N° 097-2019 establece los parámetros para la presentación de la información Financiera, reexpresión de los registros contables de operaciones y hechos económicos con Criptoactivos, realizadas por las personas naturales que se encuentren obligadas a llevar registros contables, así como las personas jurídicas, públicas y privadas, en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, quienes deberán cumplir con la presentación dual de su contabilidad, expresándose tanto en Criptoactivos soberanos como en la moneda de curso legal.
 
Los entes reguladores a quienes corresponde el establecimiento de los parámetros contables aplicables a los respectivos sujetos obligados, dictarán las normas que correspondan tomando en consideración lo establecido en esta providencia y previa coordinación con la Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas.
 
Los registros contables de las operaciones con criptoactivos, se someterán a las normas técnicas que en materia de reconocimiento, medición, presentación y revelación emanen de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela de la República Bolivariana de Venezuela, previa autorización de la SUNACRIP, y se aplicarán al ejercicio económico que inicie a partir del 1ero. de enero de 2020.
 
(Ver Gaceta Oficial Aquí).