El BCV informa el vencimiento del plazo para la adecuación de los Proveedores No Bancarios de Servicios de Pago

En comunicado emitido por el Banco Central de Venezuela (BCV) en su página oficial: www.bcv.org.ve de fecha 05/12/2019, se informa el vencimiento del plazo para la adecuación de los Proveedores No Bancarios de Servicios de Pago.
 
De acuerdo a dicho comunicado, el BCV reitera a aquellos sujetos que se encontraban realizando cualquier actividad con las características de un servicio de pago, que el plazo máximo otorgado en la Disposición Transitoria Tercera de la Resolución Nº18-12-01* venció el 17/12/2019. De acuerdo a las “Normas Generales sobre los Sistemas de Pago y Proveedores No Bancarios de Servicios de Pago que operan en el país”, dichos sujetos debieron presentar las solicitudes de autorización debidamente acompañadas de los recaudos para adecuarse a los términos, condiciones y requisitos establecidos en la citada Resolución.
 
Asimismo, los mencionados sujetos que no cumplieron con la obligación contenida en la Disposición Transitoria Tercera de la Resolución Nº 18-12-01 en el plazo establecido deberán cesar la prestación de cualquier servicio catalogado como un servicio de pago a partir del 18 de diciembre de 2019 y hasta que el Banco Central de Venezuela emita la autorización correspondiente.
 
*Resolución publicada en la Gaceta Oficial Nº 41.547 de fecha 17/12/2018.
 
(Ver comunicado Aquí).