Sunaval flexibiliza la apertura de cuentas de corretaje bursátil con nuevos requisitos flexibles

Sunaval flexibiliza la apertura de cuentas de corretaje bursátil con nuevos requisitos flexibles

La Superintendencia Nacional de Valores (Sunaval) publico en su página web la Circular 002 de fecha 4 de abril de 2025, mediante la cual flexibilizó los requisitos para la apertura de cuentas de corretaje bursátiles, considerando las variables que modifican la calificación de riesgo en materia de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, de la siguiente manera:
  • Cuentas de corretaje bursátil CCBU de personas naturales, nivel 1.
  • Cuentas de corretaje bursátil CCBU de personas naturales, nivel 2.
La presente circular entrará en vigencia a partir de su publicación en la pagina web de la SUNAVAL y deja sin efecto la  Circular  N° DSNV/GCI/0008, de fecha 26/04/2024, queda sin efecto, indicó el organismo.

Ver Circular aquí.