Reglamentos Técnicos relativos a equipos eléctricos para la eficiencia energética

Reglamentos Técnicos relativos a equipos eléctricos para la eficiencia energética

Reglamentos Técnicos relativos a equipos eléctricos para la eficiencia energética

 
Reglamento Técnico de Eficiencia Energética y Riesgo Eléctrico en Equipos de Cocción de Uso Doméstico

En Gaceta Oficial N° 43.091 de fecha 20/03/2025 fue publicada la Resolución N° 002/2025 y N° 008/2005 emitidas por el Ministerio del Poder Popular de Comercio Nacional y para la Energía Eléctrica de fecha 07/03/2025, la cual tiene por objeto establecer los requisitos y metodología para la verificación del consumo especifico de energía, métodos de ensayos, etiquetados, riesgos eléctricos y la evaluación de la conformidad de los equipos de cocción eléctricos de uso domésticos, fabricados o importados para ser usados y comercializados en el territorio nacional.

Según el artículo 2, aplica para los siguientes aparatos de cocción de uso doméstico: cocinas eléctricas, cocinas eléctricas portátiles, cocinas mixtas, topes de cocción eléctricos y topes de cocción mixtos.

El artículo 8 establece las siguientes restricciones:

  • Se prohíbe fabricar, importar, distribuir y vender cocinas eléctricas o mixtas con eficiencia energética clase D.
  • No se permite comercializar o importar cocinas eléctricas portátiles ni resistencias eléctricas con más de 1000 W por área de cocción.
  • Las cocinas portátiles deben tener un máximo de dos áreas de cocción.
  • Se prohíbe vender cocinas portátiles de fabricación artesanal por riesgos de seguridad.
  • No está permitida la importación y venta de cocinas portátiles usadas, remanufacturadas o reparadas.
Esta Resolución entrará en vigencia a partir de los seis (6) meses de su publicación en la Gaceta Oficial.
 
Reglamento Técnico de Transformadores de Potencia. Generalidades
 
En Gaceta Oficial N 43.091 de fecha 20/03/2025 fue publicada la Resolución N 003/2025 y 009/2005 emitidas por el Ministerio del poder popular de Comercio Nacional y para la Energía Eléctrica de fecha 07/03/2025, la cual tiene por objeto establecer los requisitos mínimos que deben cumplir los transformadores de potencia y sus métodos de ensayo.

Según el artículo 2, aplica a los transformadores y autotransformadores de potencia (de transmisión y de distribución), con la excepción de los tipos de especiales y pequeña capacidad:

 
  • Transformadores monofásicos de menos 1kVA y polifásicos de menos de 5 kVA.
  • Transformadores de medición.
  • Transformadores para convertidores estáticos.
  • Transformadores de arranque.
  • Transformadores de ensayo.
  • Transformadores de tracción montados en vehículos.
  • Transformadores de soldadura.

Esta Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial.

Reglamento Técnico de Lámparas LED

En Gaceta Oficial N 43.091 de fecha 20/03/2025 fue publicada la Resolución N 004/2025 y 010/2005 emitidas por el Ministerio del Poder Popular de Comercio Nacional y para la Energía Eléctrica, la cual tiene por objeto, establecer los requisitos y la metodología para la verificación de desempeño y seguridad eléctrica, fotométrica, mecánica y ambiental, así como los métodos de ensayo de las lámparas de diodo emisor de luz (LED) con módulo integrado, tipo omnidireccional, para uso doméstico y general, fabricadas o importadas para ser usados y comercializados en el Territorio Nacional.

El artículo 2 señala que este Reglamento Técnico comprende las lámparas de diodo emisor de luz (LED) con módulo integrado, tipo omnidireccional, para uso doméstico y general, con casquillo tipo: E14, E26, E27, E39 y E40 de potencia comprendidas entre 4.5 y 60 W y tensiones nominales de 120, 208 y 240 V, fabricadas o importadas para ser usados y comercializados en el Territorio Nacional.


Esta Resolución entrará en vigencia a partir de los seis (6) meses de su publicación en la Gaceta Oficial.
 
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Aquí.