Se reajusta la Unidad Tributaria (U.T.) de Bs. 0.02 a Bs. 0.40 desde el 20/04/2022

Se reajusta la Unidad Tributaria (U.T.) de Bs. 0.02 a Bs. 0.40 desde el 20/04/2022

En Gaceta Oficial Nº 42.359 de fecha 20/04/2022, fue publicada la Providencia Administrativa Nº SNAT/2022/000023 de fecha 07/04/2022, emitida por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual se reajusta el valor de la Unidad Tributaria (U.T.) de cero coma cero dos Bolívares (Bs. 0.02) a cero coma cuarenta Bolívares (Bs. 0.40).

El valor de la Unidad Tributaria establecido en esta Providencia Administrativa sólo podrá ser utilizado como Unidad de Medida para la determinación de los Tributos Nacionales cuya recaudación y control sean de la competencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, no pudiendo ser utilizada por otros órganos y entes del poder público para la determinación de beneficios laborales o de tasas y contribuciones especiales derivados de los servicios que prestan. (artículo 2).
 
En los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente al cierre del ejercicio fiscal respectivo, y para los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período, de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Tercero del artículo 3 del Decreto Constituyente mediante el cual dicta el Código Orgánico Tributario (artículo 3).

Se deroga la Providencia Administrativa SNAT/2021/000023, de fecha 06 de abril de 2021, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 42.100, de la misma fecha.

La presente Providencia Administrativa entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. 

(Ver Gaceta Oficial Aquí).